Los documentos de una licitación de obras
Lo que en el sector se llama «pliego de condiciones» son, en realidad, varios documentos que se publican juntos en el perfil de contratante del organismo. El acceso es libre, directo, completo y gratuito, por medios electrónicos, desde el día en que se publica el anuncio.
- El pliego de cláusulas administrativas particulares: las reglas del contrato. Quién puede presentarse, cómo se valora cada oferta, qué garantías se piden y qué derechos y obligaciones tiene cada parte.
- El pliego de prescripciones técnicas particulares: qué se construye y cómo. Describe las obras, regula su ejecución, fija las calidades y dice cómo se medirán las unidades hechas y cómo se controlará la calidad de los materiales.
- El proyecto: la memoria, los planos, el presupuesto con sus mediciones y sus precios unitarios y descompuestos, el plan de obra y el estudio de seguridad y salud. En las obras, el pliego de prescripciones técnicas forma parte del propio proyecto.
- Los anexos: el modelo de oferta económica, el de declaración responsable y los demás que pida cada organismo.
Por encima de ellos pueden estar los pliegos de cláusulas administrativas generales, que aprueban el Consejo de Ministros, las comunidades autónomas y las entidades locales para muchos contratos a la vez. El pliego particular los concreta para cada obra.
El pliego de cláusulas administrativas particulares: las reglas del juego
Es el documento que manda. El contrato se ajusta a lo que dice y sus cláusulas forman parte del propio contrato. Se aprueba antes de la licitación y después solo puede corregirse por un error material, de hecho o aritmético: cualquier otro cambio obliga a volver atrás en el procedimiento. Lo que leas el primer día es lo que valdrá.
Según la ley, en él tienen que estar, entre otras cosas:
- Los criterios de solvencia y los de adjudicación, con su ponderación.
- Las consideraciones sociales, laborales y ambientales que se exijan, como solvencia, como criterio de adjudicación o como condición especial de ejecución.
- Los derechos y obligaciones de las partes, si se puede ceder el contrato y la obligación de pagar a la plantilla según el convenio colectivo del sector.
- Las penalidades por incumplir el contrato o cumplirlo mal, sobre todo en lo que sirvió para puntuar la oferta.
Muchos pliegos empiezan con un cuadro resumen o una hoja de características: una o dos páginas con el objeto, el presupuesto, los plazos, la solvencia y los criterios. Empieza por ahí.
Qué mirar primero, en este orden
- El objeto, los lotes y los códigos. Qué se contrata, si está dividido en lotes y a cuáles puedes presentarte, y sus códigos del Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV).
- El dinero. El presupuesto base de licitación y el valor estimado, si incluyen o no impuestos y si hay revisión de precios.
- Los plazos. El fin del plazo de presentación, cómo se presenta la oferta y el plazo de ejecución de la obra.
- Si puedes presentarte. La solvencia económica y técnica que se exige o la clasificación de contratista que la sustituye: grupo, subgrupo y categoría.
- Cómo se gana. Los criterios de adjudicación: cuánto pesa el precio, qué se valora con fórmulas y qué con juicio de valor, y en cuántos sobres va la oferta.
- Dónde está el límite. Los parámetros para considerar una oferta anormalmente baja, es decir, hasta dónde puedes bajar sin que tu oferta se presuma temeraria.
- Lo que cuesta presentarse y ganar. Las garantías, las penalidades, las condiciones especiales de ejecución y las reglas de subcontratación.
Con esos siete puntos sabes enseguida si la obra es para ti. Si lo es, toca el proyecto.
El pliego de prescripciones técnicas y el proyecto: qué se construye
Aquí está la obra. El pliego de prescripciones técnicas dice cómo se ejecuta cada unidad, qué obligaciones técnicas tiene la constructora, cómo se medirá lo hecho y cómo se controlará la calidad de los materiales y de la ejecución.
El presupuesto del proyecto es lo que más se trabaja al preparar una oferta: cada partida con su medición, su precio unitario y, cuando lo hay, su precio descompuesto. Compara esos precios con tus costes reales, partida a partida: de ahí sale la baja que te puedes permitir. Si eres instalador o vendes producto, busca tus partidas en las mediciones, que dicen cuántas unidades se piden y con qué características. Es lo que Obradarme saca de cada proyecto: tus partidas, con su cantidad, su importe y la marca prescrita cuando la hay.
Las prescripciones técnicas no pueden citar una marca, una patente o un fabricante para favorecer o descartar empresas. Solo se permite como excepción, cuando no hay otra forma de describir lo que se pide, y entonces tiene que ir con la mención «o equivalente»: puedes ofrecer otro producto si demuestras que lo es.
Mira también el estudio geotécnico, que el proyecto debe incluir salvo que la obra no lo necesite, y el plan de obra. El plan es indicativo, pero te dice qué ritmo de trabajo espera el organismo.
Cuando algo no está claro
Puedes pedir información adicional al órgano de contratación. Si la pides al menos 12 días antes de que acabe el plazo de presentación, tiene que dártela a más tardar 6 días antes de ese final, salvo que el pliego fije otros plazos.
Cuando el pliego de cláusulas administrativas particulares así lo dice, las respuestas a las aclaraciones son vinculantes y se publican en el perfil de contratante, para que todas las empresas jueguen con la misma información. Pregunta por escrito, por el medio que indique el anuncio, y revisa el perfil antes de presentar: la respuesta a la pregunta de otra empresa puede cambiar tu oferta.
Los errores que más ofertas tumban
- Leer solo el proyecto y no el pliego administrativo: una oferta técnicamente perfecta puede quedar fuera por un documento que falta.
- Adelantar en el sobre de juicio de valor datos que se valoran con fórmulas: van en sobres distintos para puntuarse por separado, y el pliego dice qué pasa si se mezclan.
- Ofertar por encima del presupuesto base de licitación: la mesa desecha la oferta.
- Comparar cifras con y sin impuestos: el presupuesto base incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido salvo que se diga lo contrario.
- No revisar las aclaraciones publicadas en el perfil de contratante antes de presentar.
- Confundir el plan de obra, que es indicativo, con el plazo de ejecución, que es el del contrato.
Lo que hace Obradarme
Los pliegos de cada obra, leídos y enlazados
Obradarme guarda los pliegos, las mediciones y el proyecto de cada obra con el enlace a su original, y la inteligencia artificial los analiza para sacarte el importe, los plazos y las empresas, y dónde aparecen tus productos, con cantidades, importes y marcas prescritas. Lo analizado por la inteligencia artificial va aparte y marcado: nunca sustituye a lo que dice el documento, que sigue a un clic.
Fuentes
De aquí salen los datos de esta guía. La ley, en su texto consolidado del Boletín Oficial del Estado.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, artículo 121: pliegos de cláusulas administrativas generales (Boletín Oficial del Estado)
- Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, artículo 122: pliegos de cláusulas administrativas particulares
- Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, artículo 124: pliego de prescripciones técnicas particulares
- Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, artículo 126: reglas para las prescripciones técnicas y la mención «o equivalente»
- Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, artículo 138: información a los interesados
- Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, artículo 233: contenido de los proyectos de obras
- Real Decreto 1098/2001, Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, artículo 84: rechazo de proposiciones